| A
los padres, como primeros responsables de la educación
de sus hijos, les corresponde: |
| a.
|
Adoptar las medidas necesarias,
o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para
que sus hijos cursen las enseñanzas obligatorias y asistan
regularmente a clase. |
| b. |
Proporcionar, en
la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones
necesarias para el progreso escolar. |
| c. |
Estimularles para
que lleven a cabo las actividades de estudio que se les
encomienden. |
| d. |
Participar de manera
activa en las actividades que se establezcan en virtud de
los compromisos educativos que los centros establezcan con las
familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos. |
| e. |
Conocer, participar y
apoyar la evolución de su proceso educativo, en
colaboración con los profesores y el centro. |
| f. |
Respetar y hacer respetar
las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones
u orientaciones educativas del profesorado. |
| g. |
Fomentar
el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa. |
| Son
deberes básicos de los alumnos: |
| a.
|
Estudiar y esforzarse
para conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades. |
| b. |
Participar en las actividades
formativas y, especialmente, en las escolares y complementarias. |
| c. |
Seguir las directrices
del profesorado. |
| d. |
Asistir a clase con puntualidad. |
| e. |
Participar y colaborar
en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución
de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando
el derecho de sus compañeros a la educación
y la autoridad y orientaciones del profesorado. |
| f. |
Respetar la libertad
de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad
educativa. |
| g. |
Respetar
las normas de organización, convivencia y disciplina
del centro educativo. |
| h. |
Conservar
y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales
didácticos. |
| |
(BOE
núm. 106, Jueves 4 mayo 2006) |
|
Se
prohibe a los alumnos utilizar dentro del recinto escolar
teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos.
El Colegio no se hace responsable de su pérdida,
robo o daño.
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|
...
|
| 1.
|
Los
alumnos que individual o colectivamente causen daños de
forma intencionada o por negligencia a las instalaciones del Centro
o su material, quedan obligados a reparar el daño causado
o hacerse cargo del coste económico de su reparación.
Igualmente, los alumnos que sustrajesen bienes del Centro deberán
restituir lo sustraído. En todo caso, los padres o representantes
legales de los alumnos serán responsables civiles en los
términos previstos en las leyes.
...
|
| 2.
|
La
falta a clase de modo reiterado puede provocar la imposibilidad
de la aplicación correcta de los criterios generales de
evaluación y la propia evaluación contínua.
Aparte de las correcciones que se adopten en el caso de las faltas
injustificadas, a juicio del tutor, los reglamentos de régimen
interior establecerán el número máximo de
faltas por curso, área y materia de los sistemas extraordinarios
de evaluación previstos para estos alumnos.
...
...
|
|
|
A EFECTOS DE LA GRADUACIÓN DE LAS CORRECCIONES:
|
...
| 1.
|
Se
consideran circunstancias paliativas:
|
| a) |
El
reconocimiento espontaneo de su conducta incorrecta. |
| b) |
La
falta de intencionalidad.
... |
|
| 2.
|
Se
consideran circunstancias acentuables: |
| a) |
La
premeditación y reiteración. |
| b) |
Causar
daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor
edad o los recién incorporados al centro. |
| c) |
Cualquier
acto que atente contra el derecho recogido en el artículo
12.2 de este Real Decreto. |
|
...
Podrán corregirse, de acuerdo con lo dispuesto en este título,
los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro realizados
por los alumnos en el recinto escolar o durante la realización
de actividades complementarias y extraescolares. Igualmente, podrán
corregirse las actuaciones de alumnos que, aunque realizadas fuera del
recinto escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con
la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de
la Comunidad Educativa.
...
... |
|
LAS
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO PODRÁN
SER CORREGIDAS CON:
|
...
| a) |
Amonestaciones
privadas o por escrito. |
| b) |
Comparecencia
inmediata ante el Jefe de Estudios. |
| c) |
Realización
de trabajos específicos en horarios no lectivos. |
| d) |
Realización
de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de actividades
del Centro o si procede, dirigidas a reparar el daño causado
a las instalaciones o al material del Centro o a las pertenencias
de otros miembros de la Comunidad Educativa. |
| e) |
Suspensión
del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementanas
del Centro. |
| f) |
Cambio
de grupo del alumno por un plazo máximo de una semana. |
| g) |
Suspensión
del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo de
tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión,
el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen
para evitar la interrupción en el proceso formativo. |
| h) |
Suspensión
del derecho de asistencia al Centro por un plazo de tres días.
Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá
realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la
interrupción en el proceso formativo. |
| |
Según
el R.D. 732/1995 de 5 de Mayo (B.O.E. de 2 de junio de 1995)
|
...
...
| SE
CONSIDERAN CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA
EN EL CENTRO: |
...
| a) |
Los
actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros
de la comunidad educativa. |
| b) |
La
reiteración en un mismo curso escolar, de conductas contrarias
a las normas de convivencia del Centro recogidas en el Capítulo
II, del Título IV de este Real Decreto. |
| c) |
La
agresión grave, física o moral contra los demás
miembros de la Comunidad Educativa o la discriminación grave
por cualesquiera de las razones enumeradas en el artículo
12.2 a) de este Real Decreto. |
| d) |
La
suplantación de personalidad en actos de la vida docente
y la falsificación o sustracción de documentos académicos. |
| e) |
Los
daños graves causados por uso indebido o intencionadamente
en los locales, material o documentacion del Centro en los bienes
de otros miembros de la Comunidad Educativa. |
| f) |
Los
actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo
de las actividades del Centro. |
| g) |
Las
actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal
de los miembros de la comunidad Educativa del Centro o la incitación
a las mismas. |
| |
Según
el R.D. 732/1995 de 5 de Mayo (B.O.E. de 2 de junio de 1995)
|
...
...
| LAS
CONDUCTAS ENUMERADAS EN LOS PÁRRFOS ANTERIORES, PODRÁN
SER CORREGIDAS CON: |
...
| a) |
Realización
de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actvidades
del Centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado
a las instalaciones o al material del Centro o a las pertenencias
de otros miembros de la Comunidad Educativa. Estas tareas deberán
realizarse en horario no lectivo. |
| b) |
Suspensión
del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias
del Centro. |
| c) |
Cambio
de grupo. |
| d) |
Suspensión
del derecho de asistencia a determinadas clases durante un período
superior a cinco días e inferior a dos semanas. Durante el
tiempo que dura la suspensión, el alumno deberá realizar
los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción
en el proceso formativo. |
| e) |
Suspensión
del derecho de asistir al Centro durante un periodo superior a tres
días lectivos e inferior a un mes. Durante este tiempo que
dura la suspensión, el alumno deberá realizar los
deberes y trabajos que se determinen para evitar la interrupción.
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| f) |
Cambio
de Centro. |
...
Las
competencias para imponer las correcciones correspondientes a los artículos
a los que se hace referencia anterior mente, están recogidas también
en el Real Decreto. (Capítulos II y III artículos: 49, 53
y 54). |
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Según el R.D. 732/1995 de 5 de Mayo (B.O.E. de 2 de junio de
1995)
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